A demanda de la abogada de la esposa e hijas de Emil Bustamante, Evelyn Recinos, presentamos un "amicus curiae" ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas durante la fase de admisibilidad del caso. La abogada se dirigió al Centro Sira a raíz de la publicación del Número Especial de la revista Torture Journal - de la que Pau Pérez es editor jefe - centrado en la consideración de la desaparición forzada como tortura.

Imágenes de la International Bar Association (IBAHRI)

El 13 de febrero de 1982, Emil Bustamante Cruz, de 32 años, médico veterinario y sociólogo rural, salió temprano de su casa situada en Ciudad de Guatemala para atender a una reunión. Se despidió de su esposa, Rosa María Cruz, y le dijo que estaría en casa al medio día. Sin embargo, nunca regresó.

Desde la desaparición, Rosa y sus dos hijas, Flores Mercedes y Ana Isabel, han sufrido siempre el silencio de los organismos judiciales y del Estado. Esto les ha supuesto verse envueltas en una experiencia permanente de retraumatización y profundización del duelo, que se ha agravado con el paso del tiempo, y que les ha supuesto un daño moral y psicológico irreparable.

A esto, se le suma la persecución política que han sufrido a lo largo de las décadas por el hecho ser consideradas como “parientes de las guerrillas” o “terroristas” en Guatemala, algo que las ha forzado a la migración y a la obligación de tener que estar cambiando constantemente de domicilio por seguridad, impidiéndoles construir un proyecto de vida sólido.

La desaparición de Emil se enmarca en un contexto sistemático de desapariciones de disidentes políticos que tuvo lugar entre los años 1960 y 1996, durante el conflicto armado que vivió el país, y en el que se produjeron al menos 40.000 desapariciones forzadas. Este periodo es conocido como el «Genocidio del pueblo Maya». 

Esta estrategia no sólo pretendía el silenciamiento de los disidentes políticos del Estado, sino también el castigo de sus familiares y la propagación de un mensaje de miedo en las comunidades, que actuase a modo de amenaza para cualquiera que quisiese ir contra el gobierno.

Acciones que constituyen tortura

Para las autoras del informe, la asesora jurídica del Centro Sira, Sara López Martin, y el director clínico de la entidad, Pau Pérez Sales, estas acciones generaron un sufrimiento psíquico irreparable y prologando en la familia de Emil Bustamente, que al tratarse de un acto intencionado, encajaría dentro de la definición de tortura de la Convención de Naciones Unidas.

Según al Comité, los estados son responsables de investigar, perseguir y enjuiciar a los actores no estatales que cometen delitos de tortura, si tienen constancia de estos. De otra forma, serán considerados como responsables directos de los crímenes. Es por ello, que las autoras argumentan que cuanto más debería aplicarse esta lógica, si se tiene en cuenta que fueron precisamente actores estatales quienes cometieron el secuestro de Emil Bustamante.

La desaparición del médico veterinario se enmarca en un contexto sistemático de desapariciones de disidentes políticos que tuvo lugar entre los años 1960 y 1996, durante el conflicto armado que vivió el país, y en el que se produjeron al menos 40.000 desapariciones forzadas. Esta estrategia no sólo pretendía el silenciamiento de los disidentes políticos del Estado, sino también el castigo de sus familiares y la propagación de un mensaje de miedo en las comunidades, que actuase a modo de amenaza para cualquiera que quisiese ir contra el gobierno. Para las autoras del informe, estas acciones generaron un sufrimiento psíquico importante y prologando en la familia de Carlos Bustamente, que al tratarse de un acto intencionado, encajaría dentro de la definición de tortura de la Convención de Naciones Unidas.

Amicus Curiae

Amicus Curiae: La familia de Emil Bustamante es víctima de tortura

El 13 de febrero de 1982, Emil Bustamante Cruz, de 32 años, médico veterinario y sociólogo rural, salió temprano de…

La desaparición forzada es tortura

La desaparición forzada es una violación de Derechos Humanos que involucra a dos tipos de víctimas: la directa, que sufre la violencia del secuestro, la angustia de ser retenida en un lugar desconocido y, en muchos casos, la tortura física y psicológica; y las indirectas, las familiares que cargan con el peso de no saber qué ocurrió con su ser querido, las razones de su desaparición o si aún sigue con vida.

En reiteradas ocasiones, este nivel de angustia y sufrimiento que se infringe en las familiares ha sido considerado por la comunidad médica, jurídica y psicológica de gravedad suficiente como para ser equiparado a la tortura. Siguiendo las investigaciones y los relatos de las supervivientes, el sufrimiento de los seres queridos no es sólo permanente, sino que además es transgeneracional. Es decir, que pasa de padres a hijos, implicando incluso a los nietos. Además, según señalan las autoras del informe, los impactos de la desaparición forzada – miedo, angustia, alerta, incertidumbre, etc. – se extienden tanto en la comunidad como en la sociedad en su conjunto.

A propósito de la necesidad de reconocer el sufrimiento de los familiares de desaparición forzada como tortura, el director clínico del Centro Sira, Pau Pérez Sales, argumenta a lo largo del amicus cuariae cómo en estudios que comparan las consecuencias psicológicas o psiquiátricas entre víctimas de tortura y familiares de desaparecidos, se observan impactos a largo plazo más significativos en éstos últimos. Los familiares se enfrentan a cuadros crónicos de depresión y síntomas de reexperimentación, al tiempo que padecen una ruptura de sus creencias fundamentales sobre el mundo. Las amenazas y la privación de información a la que los Estados someten a los familiares, derivan en daños como el estrés postraumático, la culpa permanente o una profunda dificultad para lidiar con la idea de una hipotética muerte, entre otros.

SERVICIOS

Documentamos vulneraciones de Derechos Humanos y acompañamos a sus víctimas

Ofrecemos atención terapéutica a las personas afectadas por la violencia política y elaboramos informes periciales como instrumento de defensa y denuncia.

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TRAYECTORIA #6

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